Desde este lunes 17 de septiembre del 2024, entra en vigor la Reforma al Poder Judicial de la Federación, luego de su publicación en el Diario Oficial de la Federación el pasado 15 de septiembre.
Luego de esto el Senado de la República tiene un plazo de 30 días naturales para emitir la convocatoria para poder obtener la lista de las y los candidatos a la primera elección extraordinaria para renovar los cargos del Poder Judicial de la Federación.
Quienes podrán postular a las y los aspirantes serán la Cámara de Diputados, Suprema Corte de Justicia.
Uno de los argumentos del presidente saliente, López Obrador, es que los actuales ministros de la Corte no acataron la reforma de austeridad de que ningún funcionario puede ganar más que el presidente de la República señalando que tienen percepciones superiores a los 200 mil pesos.
Las ministras y ministros de la SCJN que concluyan su encargo, no podrán postularse o que no hayan sido electos en la elección extraordinaria del 2025, no serán beneficiarios de un haber por retiro, salvo cuando presenten su renuncia al cargo antes de la fecha de cierre de la convocatoria, misma que tendrá efectos al 31 de agosto de 2025. En estos casos, el haber de retiro será proporcional al tiempo de su desempeño.
El decreto establece que los derechos laborales de las y los trabajadores del Poder Judicial de la Federación y de las entidades federativas serán respetados en su totalidad.
El primero domingo de junio del 2025 se llevará a cabo una jornada electoral para elegir los nueve cargos de ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
También podrán elegir las magistraturas vacantes de la Sala Superior, la totalidad de las y los magistrados de salas regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, así como a los integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial.